LEY QUE GARANTIZA LA TRANSPARENCIA Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS.
Capitulo II
De las Obligaciones de Transparencia Comunes de los Sujetos Obligados.
Articulo 89.- Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, las siguientes obligaciones de transparencia:
Fracción I
Los planes municipales de Desarrollo o la denominacion que se otorgue.
Fracción II
El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberan contender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos.
Fracción III
Las actas y sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del ayuntamiento a las sesiones de cabildo...
Fracción IV
Los tipos y usos de suelo, asi como las licencias de uso y construcción otorgadas.
Fracción V
Las cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, asi como los valores unitarios de suelo...
Fracción VI
Los anteproyectos de reglamentos, bandos municipales u otras disposiciones administrativas de caracter general...
Fracción VII
La información adicional que deba publicarse conforme a lo dispuesto en la Ley Organica Municipal.